viernes, 11 de agosto de 2017

Ley Cholito: avance real en tenencia de macotas (24/7/2017).

Siguiendo la tónica que la prensa le da el nombre de nuevas leyes (Emilia, Ricarte Soto, etc.), se publicó en el Diario Oficial de 2 de Agosto la Ley Nº Nº21.020 o de Tenencia Responsable Mascotas y Animales de Compañía. Esta ley si es un avance en el país, complementa el artículo 291 bis del Código Penal que dice "El que cometiere actos de maltrato o crueldad con animales, será castigado con la pena de presidio menor en su grado mínimo a medio (de 61 a 302 o 540 días) y multa de dos a treinta unidades tributarias mensuales (de $93.200 a $1.398.000) o sólo con esta última". Además no deroga pero es un apoyo de la Ley Nº20.380 o de "protección de Animales" del año 2009.
Esta ley fue esperada por mucho tiempo y llevaba casi 7 años durmiendo en el congreso. Salia de vez en cuando a discusión a propósito de una persona mordida o se detectaba un caso de maltrato animal (perrito que murió por maltrato en Santiago y que inspiró nombre informal de esta ley a propósito del diario La Cuarta); no obstante y con afanes eminente electorales y populistas la presidenta Bachelet la promulgó, dado que su popularidad ha decaído fuerte y esta fue parte de su campaña y por eso salió esta nueva ley que de por si ya presenta reparos a destacar y es posible que, al igual que varias otras leyes, sea modificada próximamente.
Es una realidad en Chile que las mascotas ocupan un lugar importante en la vida cotidiana, pero no de todos. Según encuesta Adimark el 65,3% aprox. de hogares en Chile tiene una mascota y de ese porcentaje el 54,8% declara tener un perro a lo menos, llevado a números habría en el 2017 cerca de 5.600.000 perros, 3.000.000 de gatos, en mascotas exóticas podrían haber unos 300.000 animales (loros, tortugas, erizos de tierra, cobayos, conejos, etc.) . Para el restante porcentaje de chilenos esta ley no tiene ninguna importancia directa, pero sí salen beneficiados ya que ahora pueden denunciar al amo irresponsable que deja excrementos en la calle, que tiene perros agresivos y mordedores o que meten ruidos molestos.
Esta ley no obedece a estudios científicos o consulta a expertos internacionales, es el clamor de grupos animalistas que más con el corazón que con la ciencia han puesto el debate en Chile de que hay más maldad en maltratar a un perro que a un ser humano....

Desde la antigüedad el ser humano se ha valido de animales para subsistir y estar cómodo. El buey, el caballo, la vaca. Los niños modernos no han visto en su vida una vaca u oveja, pero si a un perro. Los animales más nobles que dan sustento a la vida con su vida no están protegidos con esta ley, sólo aquellos que son de compañía o domésticos. Esta critica es plausible toda vez que en países desarrollados evitar el sufrimiento en el sacrificio de vacas o cerdos es una regla perentoria. Si la ley nº20.380 establece un Comité de Bioética Animal, el que en realidad no funciona pero si en las universidades del país que experimentan con animales se autoregulan y no son fiscalizados. Los colegios de enseñanza media y básica que experimenten con animales no son regulados tampoco y existe la paradoja que esta ley indica en su artículo 2º que "el proceso educativo en sus niveles básico y medio deberá inculcar en el educando el sentido de respeto y protección a los animales, como seres vivientes y sensible que forman parte de la naturaleza"..
Las actividades que involucran animales como el circo, rodeo, tauromaquia, o carreras de caballos tampoco son regulados por la ley cholito, indirectamente las carreras de canes sí ya que involucran a un animal doméstico, o sea nuevamente el legislador estableció en distintos cuerpos legales una materia que debe ser tratada de manera uniforme.
Quien alimente a un perro o gato en la calle automáticamente pasa a ser considerado su dueño y debe responder por él. Esto traerá varias consecuencias, de partida en Chile casi nadie hace caso de las leyes así que igual seguirán dándoles de comer y hasta los vestirán o colocaran collar, pero sin llevarlos a sus casas, algo paradojal en una sociedad que se dice amante de los animales.
Las campañas de adopción generalmente no pueden buscar hogar a todas las mascotas, sería tan simple erradicar a los perros callejeros si la gente adoptara de motuo propio a un animalito.
Esta ley si bien es una avance real y apoyo a las variadas iniciativas de tenencia responsable, no es menos cierto que se debe realizar una campaña de educación e incluir desde el jardín el respeto al entorno, a la vida y fomentar el amor a estos seres tan cariñosos que no piden dinero ni andan arrojando piedras en protesta, más bien dan amor gratis y cuidan a las familias chilenas.
Una situación que se está produciendo en la práctica con la aplicación transitoria por 180 días de la Ley Cholito es el Registro de la Mascota. Aquellos que han puesto microchip a la suya, especialmente en un municipio, no está garantizado que este sea público (como la ley lo ordena) y por tanto no valdría este registro del canidae. Un ejemplo es la Municipalidad de Antofagasta, donde la empresa Eco Dos que realizó el implante de chips en su oportunidad, no mantiene un registro público de las mascotas. Igualmente esta misma empresa bajo denominación de Eco Canil mantenía el albergue de perros en Antofagasta. Consultada la empresa indica que ya no presta servicios al municipio y que implementaría un registro público antes de la entrada en vigencia de la ley.
En Chile existe un autodenominado Registro Civil de Mascotas, que en realidad es otra empresa que, por medio de convenios con veterinarios y un precio inscribe en un registro público a perros, gatos, hurones y todo tipo de mascotas y sería el único registro masivo y transversal existente en el país. Lamentablemente la ley cholito señala que será el Ministerio de Interior y Seguridad Pública el que tiene la obligación de confeccionar el registro, pero no indica cómo ni partidas para aquello, así que al igual que el famoso Registro de Instituciones de la Sociedad Civil (Juntas de vecinos, instituciones funcionales)  que quedó en manos del Registro Civil desde 2011 hasta hoy en día no emite certificados de registrados y siguen siendo en la práctica los municipios que lo dan, igual cosa pasaría acá.
Mucha gente comenzó antes de la aplicación de esta ley a recoger las heces de sus perros, a traerlos debidamente arnesados, a chipearlos y cuidarlos. Un ejemplo excelente fue la ordenanza Nº150 de 2016 de la Municipalidad de Providencia, que es la única en Chile que le da un carácter de sujeto de derechos a las mascotas y no de objeto como la legislación general y la propia ley cholito. Al ser sujeto de derechos per se, el propietario pasa a ser un igual con el animal, sabiendo que debe cuidarlo y que merece cariño y respeto, no pudiendo disponer de él a su regalada gana sino en la medida de la racionalidad, buen manejo y
cuidado.
Si bien se consiguió un avance, se debe pulir esta normativa sobre todo en lo relativo a la educación, tenencia y registros fidedignos, una infraestructura adecuada (plazas públicas sólo para mascotas) y especialmente una homologación de estas amorosas criaturas como seres sujetos de afecto, como esos hermanitos menores de que hablaba San Francisco De Asís . quien podía calmar a cualquier mal llamada bestia, ya que algunos seres humanos se comportan como tales.......

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